A C U E R D O No. SS/003/2021 POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL MANEJO DE CADÁVERES DEBIDO AL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19).

Campos del expediente:

[{"id":0,"modalidad":"Formato AIR","contenedor":{"0_10064":{"id":"0_10064","valores":{"campo_0_10064":{"id":"0_10064","aleatorio":0,"valor":"Se reconoci\u00f3 a la Pandemia como enfermedad COVID-19 causada por el Virus SARS-Cov2 en M\u00e9xico, como una enfermedad grave de atenci\u00f3n prioritaria, as\u00ed como tambi\u00e9n estableci\u00f3 actividades de preparaci\u00f3n ante la epidemia; por lo que el Consejo de Salubridad General P\u00fablico en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria, por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-COVID-19; instrumento en el cual se estableci\u00f3 que la Secretar\u00eda de Salud Federal determinar\u00e1 todas las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia\n"}},"correcto":"Si","titulo":"I.A. Describa la problem\u00e1tica o situaci\u00f3n que da origen a la emisi\u00f3n de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10063":{"id":"0_10063","valores":{"campo_0_10063":{"id":"0_10063","aleatorio":0,"valor":"Con el objeto de que sean aplicados por los trabajadores de la Secretar\u00eda de Salud, Servicios de Salud de Chihuahua, Instituto Chihuahuense de Salud, y \u00d3rganos Desconcentrados; o cualquier nosocomio o unidad m\u00e9dica dependiente de Gobierno del Estado y particulares, as\u00ed como recintos funerarios, cementerios y panteones, para tener un manejo seguro de los cad\u00e1veres de las personas fallecidas debido a la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)."}},"correcto":"Si","titulo":"I.B. Describa los objetivos generales de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10275":{"id":"0_10275","valores":{"campo_0_10275":{"id":"0_10275","aleatorio":0,"valor":"Que el 23 de marzo de 2020 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por virtud del cual el Consejo de Salubridad General, reconoci\u00f3 a la Pandemia como enfermedad COVID-19 causada por el Virus SARS-Cov2 en M\u00e9xico, como una enfermedad grave de atenci\u00f3n prioritaria, as\u00ed como tambi\u00e9n estableci\u00f3 actividades de preparaci\u00f3n ante la epidemia;\nQue el 30 de marzo de 2020 el Consejo de Salubridad General P\u00fablico en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria, por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-COVID-19; instrumento en el cual se estableci\u00f3 que la Secretar\u00eda de Salud Federal determinar\u00e1 todas las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia;\nPosteriormente, el 31 de marzo de 2020, fue publicado en el mencionado \u00f3rgano oficial de difusi\u00f3n el Acuerdo del Secretario de Salud Federal por el que se establecieron acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria, instrumento por el que se orden\u00f3 la suspensi\u00f3n de actividades no esenciales de los sectores p\u00fablico, privado y social, y se permiti\u00f3 el funcionamiento de determinadas actividades consideradas esenciales, reformado mediante Acuerdo publicado el 21 de abril de 2020, por lo que se adicion\u00f3 un art\u00edculo quinto en el que se mandata que los gobiernos de las entidades federativas.\nCon fecha 14 de mayo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo del Secretario de Salud Federal, por el que se estableci\u00f3 una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y econ\u00f3micas, as\u00ed como un sistema de sem\u00e1foro por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiol\u00f3gico, relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa.\nCon el prop\u00f3sito de retornar a una nueva normalidad de manera organizada para evitar nuevos brotes, esta Secretar\u00eda de Salud, emiti\u00f3 Acuerdo n\u00famero SS\/SEM\/04\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del Estado el d\u00eda 14 de junio de 2020, definiendo las etapas en que se encontraba la entidad; as\u00ed como el Acuerdo SS\/SEM\/007\/2020, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del estado el d\u00eda 20 de junio de 2020, por el que se establecen dos regiones en el Estado de Chihuahua, a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encuentra el Estado de Chihuahua, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19.\nQue el C. Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua emiti\u00f3 Acuerdo 102\/2020, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el 10 de agosto de 2020, reformado mediante los Acuerdos 109\/2020, 120\/2020, 137\/2020, 143\/2020, 146\/2020, 004\/2021, publicados en el \u00f3rgano de difusi\u00f3n los d\u00edas 31 de agosto de 2020, 22 de octubre de 2020, 22 y 30 de noviembre de 2020, 13 de diciembre de 2020 y 16 de enero de 2021, respectivamente.\nEl objeto del Acuerdo 102\/2020 radica en establecer un sistema de evaluaci\u00f3n y control de actividades mediante la semaforizaci\u00f3n que identifica con colores las etapas que deben adoptarse diversas medidas de seguridad sanitaria.\nCon fecha 31 de agosto de 2020, esta Secretar\u00eda de Salud, emiti\u00f3 Acuerdo SS\/SEM\/008\/2020, as\u00ed como Acuerdo SS\/SEM\/009\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 28 de septiembre de 2020, por el que se determin\u00f3 la etapa de semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraban las dos regiones del Estado; as\u00ed como el Acuerdo SS\/SEM\/010\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del estado el d\u00eda 12 de octubre de 2020, a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraban las dos Regiones del Estado y Acuerdos SS\/SEM\/011\/2020 y SS\/SEM\/012\/2020, publicados en el Peri\u00f3dico Oficial del estado con fechas 17 y 22 de octubre de 2020, respectivamente, por el que se determina la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontrar\u00e1n las dos regiones del Estado, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19;\n Acuerdo SS\/SEM\/013\/2020, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 25 de noviembre de 2020, en el que se expiden las Medidas de Reapertura para restaurantes, comercios y locales, y comercios dentro de centros comerciales, restricciones sanitarias en el sem\u00e1foro de riesgo epidemiol\u00f3gico, particularmente en la etapa de color rojo, derivado de Acuerdo Cuarto de la Onceava Reuni\u00f3n de la Sesi\u00f3n Permanente del Consejo Estatal de Salud COVID-19. Posteriormente se emiti\u00f3 el Acuerdo SS\/SEM 014\/2020 y Acuerdo SS\/SEM\/017\/2021, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 30 de noviembre de 2020 y 16 de enero de 2021, respectivamente a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria.\nQue la Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de Personas, Desaparici\u00f3n Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de B\u00fasqueda de Personas (LGMDFP), establece que los cad\u00e1veres o restos de personas cuya identidad se desconozca o no hayan sido reclamados, no pueden ser incinerados, destruidos o desintegrados, ni disponerse de sus pertenencias; as\u00ed como las medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda 17 de abril del 2020 por el Secretario de Salud en materia Federal.\nQue la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud no obliga a la incineraci\u00f3n en el marco de la pandemia de enfermedad generada por el virus del SARS-CoV2 (COVID-19);\nEn analog\u00eda con los virus respiratorios y por principio de precauci\u00f3n, los cad\u00e1veres de personas fallecidas por Covid-19, representan un riesgo de infecci\u00f3n y transmisi\u00f3n de enfermedades para las personas asociadas con su manejo y disposici\u00f3n final.\nCon fecha 09 de mayo de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para el Manejo de Cad\u00e1veres debido al virus SARS CoV2 (COVID 19), se\u00f1alando el Art\u00edculo Primero Transitorio que permanecer\u00e1n vigentes por seis meses, con la posibilidad de renovarlos por un periodo igual o menor, conforme lo que establece la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Chihuahua.\nLa Secretar\u00eda de Salud es una Dependencia del Poder Ejecutivo Estatal, y le corresponde garantizar, en el marco de la competencia estatal, el derecho de protecci\u00f3n a la salud de la poblaci\u00f3n del Estado de Chihuahua; establecer y conducir la pol\u00edtica estatal en materia de salud.\n"}},"correcto":"Si","titulo":"I.C. Justifique que la situaci\u00f3n que el anteproyecto pretende resolver o prevenir constituye una emergencia","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10065":{"id":"0_10065","valores":{"0_10065":{"id":"0_10065","aleatorio":0,"valor":"Lineamientos"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A. Indique el tipo de ordenamiento jur\u00eddico propuesto","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10068":{"id":"0_10068","valores":{"campo_0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"valor":"Secretario de Salud"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.1. Se\u00f1ale el nombre de la autoridad que tiene la atribuci\u00f3n de proponer o expedir la propuesta regulatoria y elija el ordenamiento que sustenta su competencia","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"ordenamiento":"1","articulo":"1,4,14,16","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_1121":{"id":"0_10068_1121","aleatorio":1121,"ordenamiento":"53","articulo":"3","fraccion":"XXVI Bis","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_7383":{"id":"0_10068_7383","aleatorio":7383,"ordenamiento":"53","articulo":"4 ","fraccion":"IV apartado B fracciones I, VI y VII","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_6846":{"id":"0_10068_6846","aleatorio":6846,"ordenamiento":"38","articulo":"1,2,3","fraccion":"Apartado A Fracci\u00f3n XXIII, Apartado B Fracci\u00f3n V","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_5372":{"id":"0_10068_5372","aleatorio":5372,"ordenamiento":"38","articulo":"4","fraccion":"II","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_5592":{"id":"0_10068_5592","aleatorio":5592,"ordenamiento":"38","articulo":"130","fraccion":"II","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_5946":{"id":"0_10068_5946","aleatorio":5946,"ordenamiento":"38","articulo":"131,134","fraccion":"II","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_5793":{"id":"0_10068_5793","aleatorio":5793,"ordenamiento":"38","articulo":"135,140,143,226,227,361,362,369 Y 370","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_3964":{"id":"0_10068_3964","aleatorio":3964,"ordenamiento":"24","articulo":"1,2,3,24 ","fraccion":"V","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_4544":{"id":"0_10068_4544","aleatorio":4544,"ordenamiento":"24","articulo":"27 Bis","fraccion":"XIII","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10069":{"id":"0_10069","valores":{"campo_0_10069":{"id":"0_10069","aleatorio":0,"valor":"Lineamientos para el manejo de Cad\u00e1veres debido al Virus SARS-COV2 (COVID-19)."}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.2. Mencione las disposiciones jur\u00eddicas que, en su caso, la propuesta regulatoria crea, modifica, o suprime","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10192":{"id":"0_10192","valores":{"campo_0_10192":{"id":"0_10192","aleatorio":0,"valor":"Debido a que se reconoci\u00f3 a la Pandemia como Enfermedad COVID_19, causada por el virus SARS-Cov2 en M\u00e9xico, siendo esta una enfermedad grave de atenci\u00f3n prioritaria, y es una medida de precauci\u00f3n, los cad\u00e1veres de personas fallecidas por el Covid-19, representan un riesgo de infecci\u00f3n y transmisi\u00f3n de enfermedades para las personas asociadas con su manejo o disposici\u00f3n final."}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.3. Se\u00f1ale porqu\u00e9 considera que este ordenamiento jur\u00eddico s\u00ed resolver\u00e1 la problem\u00e1tica","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10067":{"id":"0_10067","valores":[{"id":"0_10067","aleatorio":0,"valor":"Si"}],"correcto":"Si","titulo":"II.B. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria es congruente con los marcos jur\u00eddicos nacional, estatal y municipal","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10199":{"id":"0_10199","valores":{"campo_0_10199":{"id":"0_10199","aleatorio":0,"valor":"1.- Que el 23 de marzo de 2020 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por virtud del cual el Consejo de Salubridad General, reconoci\u00f3 a la Pandemia como enfermedad COVID-19 causada por el Virus SARS-Cov2 en M\u00e9xico, como una enfermedad grave de atenci\u00f3n prioritaria, as\u00ed como tambi\u00e9n estableci\u00f3 actividades de preparaci\u00f3n ante la epidemia;\n2.- Que el 30 de marzo de 2020 el Consejo de Salubridad General P\u00fablico en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria, por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-COVID-19; instrumento en el cual se estableci\u00f3 que la Secretar\u00eda de Salud Federal determinar\u00e1 todas las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia;\n3.- Posteriormente, el 31 de marzo de 2020, fue publicado en el mencionado \u00f3rgano oficial de difusi\u00f3n el Acuerdo del Secretario de Salud Federal por el que se establecieron acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria, instrumento por el que se orden\u00f3 la suspensi\u00f3n de actividades no esenciales de los sectores p\u00fablico, privado y social, y se permiti\u00f3 el funcionamiento de determinadas actividades consideradas esenciales, reformado mediante Acuerdo publicado el 21 de abril de 2020, por lo que se adicion\u00f3 un art\u00edculo quinto en el que se mandata que los gobiernos de las entidades federativas.\n4.- Con fecha 14 de mayo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo del Secretario de Salud Federal, por el que se estableci\u00f3 una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y econ\u00f3micas, as\u00ed como un sistema de sem\u00e1foro por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiol\u00f3gico, relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa.\n5.-- Con el prop\u00f3sito de retornar a una nueva normalidad de manera organizada para evitar nuevos brotes, esta Secretar\u00eda de Salud, emiti\u00f3 Acuerdo n\u00famero SS\/SEM\/04\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del Estado el d\u00eda 14 de junio de 2020, definiendo las etapas en que se encontraba la entidad; as\u00ed como el Acuerdo SS\/SEM\/007\/2020, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del estado el d\u00eda 20 de junio de 2020, por el que se establecen dos regiones en el Estado de Chihuahua, a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encuentra el Estado de Chihuahua, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19.\n6.- Que el C. Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua emiti\u00f3 Acuerdo 102\/2020, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el 10 de agosto de 2020, reformado mediante los Acuerdos 109\/2020, 120\/2020, 137\/2020, 143\/2020, 146\/2020, 004\/2021, publicados en el \u00f3rgano de difusi\u00f3n los d\u00edas 31 de agosto de 2020, 22 de octubre de 2020, 22 y 30 de noviembre de 2020, 13 de diciembre de 2020 y 16 de enero de 2021, respectivamente.\nEl objeto del Acuerdo 102\/2020 radica en establecer un sistema de evaluaci\u00f3n y control de actividades mediante la semaforizaci\u00f3n que identifica con colores las etapas que deben adoptarse diversas medidas de seguridad sanitaria.\n7.- Con fecha 31 de agosto de 2020, esta Secretar\u00eda de Salud, emiti\u00f3 Acuerdo SS\/SEM\/008\/2020, as\u00ed como Acuerdo SS\/SEM\/009\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 28 de septiembre de 2020, por el que se determin\u00f3 la etapa de semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraban las dos regiones del Estado; as\u00ed como el Acuerdo SS\/SEM\/010\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del estado el d\u00eda 12 de octubre de 2020, a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraban las dos Regiones del Estado y Acuerdos SS\/SEM\/011\/2020 y SS\/SEM\/012\/2020, publicados en el Peri\u00f3dico Oficial del estado con fechas 17 y 22 de octubre de 2020, respectivamente, por el que se determina la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontrar\u00e1n las dos regiones del Estado, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19;\n Acuerdo SS\/SEM\/013\/2020, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 25 de noviembre de 2020, en el que se expiden las Medidas de Reapertura para restaurantes, comercios y locales, y comercios dentro de centros comerciales, restricciones sanitarias en el sem\u00e1foro de riesgo epidemiol\u00f3gico, particularmente en la etapa de color rojo, derivado de Acuerdo Cuarto de la Onceava Reuni\u00f3n de la Sesi\u00f3n Permanente del Consejo Estatal de Salud COVID-19. Posteriormente se emiti\u00f3 el Acuerdo SS\/SEM 014\/2020 y Acuerdo SS\/SEM\/017\/2021, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 30 de noviembre de 2020 y 16 de enero de 2021, respectivamente a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria.\n\n8.- Que la Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de Personas, Desaparici\u00f3n Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de B\u00fasqueda de Personas (LGMDFP), establece que los cad\u00e1veres o restos de personas cuya identidad se desconozca o no hayan sido reclamados, no pueden ser incinerados, destruidos o desintegrados, ni disponerse de sus pertenencias; as\u00ed como las medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda 17 de abril del 2020 por el Secretario de Salud en materia Federal.\n9.- Que la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud no obliga a la incineraci\u00f3n en el marco de la pandemia de enfermedad generada por el virus del SARS-CoV2 (COVID-19);\n7.- En analog\u00eda con los virus respiratorios y por principio de precauci\u00f3n, los cad\u00e1veres de personas fallecidas por Covid-19, representan un riesgo de infecci\u00f3n y transmisi\u00f3n de enfermedades para las personas asociadas con su manejo y disposici\u00f3n final.\n10.- con fecha 09 de mayo de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para el Manejo de Cad\u00e1veres debido al virus SARS CoV2 (COVID 19), se\u00f1alando el Art\u00edculo Primero Transitorio que permanecer\u00e1n vigentes por seis meses, con la posibilidad de renovarlos por un periodo igual o menor, conforme lo que establece la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Chihuahua.\n11.- La Secretar\u00eda de Salud es una Dependencia del Poder Ejecutivo Estatal, y le corresponde garantizar, en el marco de la competencia estatal, el derecho de protecci\u00f3n a la salud de la poblaci\u00f3n del Estado de Chihuahua; establecer y conducir la pol\u00edtica estatal en materia de salud.\n"}},"correcto":"Si","titulo":"II.B.1. Justifique la congruencia o no con los marcos jur\u00eddicos nacional, estatal y municipal","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10066":{"id":"0_10066","valores":{"0_10066":{"id":"0_10066","aleatorio":0,"valor":"No existen"}},"correcto":"Si","titulo":"II.C. Se\u00f1ale si existen ordenamientos jur\u00eddicos vigentes directamente aplicables a la problem\u00e1tica materia de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10193":{"id":"0_10193","valores":{"campo_0_10193":{"id":"0_10193","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"II.C.1. Explique por qu\u00e9 es insuficiente para atender la problem\u00e1tica identificada y elija la disposici\u00f3n jur\u00eddica correspondiente","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10193":{"id":"0_10193","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10381":{"id":"0_10381","valores":{"0_10381":{"id":"0_10381","aleatorio":0,"valor":"No"}},"correcto":"Si","titulo":"III.A. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria afecta tr\u00e1mites y\/o servicios","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10276":{"id":"0_10276","valores":{"0_10276":{"id":"0_10276","aleatorio":0,"valor":null}},"correcto":"Si","titulo":"III.A.1. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria crea, modifica o elimina tr\u00e1mites\/servicios","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10277":{"id":"0_10277","valores":{"campo_0_10277":{"id":"0_10277","aleatorio":0,"valor":"En caso de que ocurra el deceso de una persona en domicilio particular o en la v\u00eda p\u00fablica que no haya recibido atenci\u00f3n m\u00e9dica, y del cual se tenga conocimiento sobre la existencia de enfermedad precedente compatible con infecci\u00f3n respiratoria no determinada, deber\u00e1 darse aviso a las autoridades forenses para que estas asignen el equipo correspondiente para desplazarse al lugar. Para establecer las posibles causas de muerte, a trav\u00e9s de autopsia verbal y la documentaci\u00f3n de las circunstancias que rodearon el deceso, se deber\u00e1 realizar la toma de muestras que sean procedentes y su remisi\u00f3n inmediata al Laboratorio Estatal de Salud P\u00fablica del Estado. \nEn el caso de una persona fallecida no identificada o identificada no reclamada, cuya causa de defunci\u00f3n sea caso confirmado o sospechoso de SARS CoV2 (COVID-19) y sin datos de muerte violenta o de otra causa de muerte, se deber\u00e1 de informar al Servicio M\u00e9dico Forense, quien emite el informe en formato libre, lo que acredita que se realiz\u00f3 un examen externo del cad\u00e1ver, el cual deber\u00e1 incluir la fotograf\u00eda del rostro, rasgos individualizantes, as\u00ed como datos biom\u00e9tricos. Dicho formato deber\u00e1 de ser enviado a las autoridades correspondientes, as\u00ed como a la Comisi\u00f3n Nacional de B\u00fasqueda de personas.\n\nCon la finalidad de limitar el riesgo de contagio por la concentraci\u00f3n de personas en las diferentes \u00e1reas de la funeraria, se solicitar\u00e1 a la familia efectuar la disposici\u00f3n final en forma inmediata. La velaci\u00f3n del cuerpo debe evitarse siempre que sea posible y en caso de realizarse, \u00e9sta deber\u00e1 ser menor a cuatro horas; se permitir\u00e1 la presencia de tantas personas como la superficie del establecimiento lo permita, calculado sobre 4 metros cuadrados por persona, con un aforo m\u00e1ximo en todos los casos de 20 personas. El ata\u00fad se mantendr\u00e1 cerrado y se garantizar\u00e1n las medidas higi\u00e9nico-sanitarias y de sana distancia en la sala donde se lleve a cabo la ceremonia.\n\n"}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.a. Nombre del tr\u00e1mite o servicio y fundamento jur\u00eddico (o ubicaci\u00f3n en la propuesta jur\u00eddica)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10277":{"id":"0_10277","aleatorio":0,"ordenamiento":"1","articulo":"1,4,14,16","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10277_3504":{"id":"0_10277_3504","aleatorio":3504,"ordenamiento":"53","articulo":"3","fraccion":"XXVI Bis","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10278":{"id":"0_10278","valores":{"campo_0_10278":{"id":"0_10278","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.b. Narrativa del tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10280":{"id":"0_10280","valores":{"campo_0_10280":{"id":"0_10280","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.c. Sujetos que pueden solicitar el tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10281":{"id":"0_10281","valores":{"campo_0_10281":{"id":"0_10281","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.d. Casos en los que pueda o deba realizar el tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10282":{"id":"0_10282","valores":{"campo_0_10282":{"id":"0_10282","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.e. Medio de presentaci\u00f3n del tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10282":{"id":"0_10282","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10283":{"id":"0_10283","valores":{"campo_0_10283":{"id":"0_10283","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.f. Datos y documentos solicitados","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10283":{"id":"0_10283","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10284":{"id":"0_10284","valores":{"campo_0_10284":{"id":"0_10284","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.g. Plazo de la autoridad para resolver el tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10284":{"id":"0_10284","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10285":{"id":"0_10285","valores":{"campo_0_10285":{"id":"0_10285","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.h. Plazo que tiene la autoridad para prevenir al solicitante","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10285":{"id":"0_10285","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10286":{"id":"0_10286","valores":{"campo_0_10286":{"id":"0_10286","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.i. Plazo del solicitante para subsanar la prevenci\u00f3n","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10286":{"id":"0_10286","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10287":{"id":"0_10287","valores":{"campo_0_10287":{"id":"0_10287","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.j. Ficta","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10287":{"id":"0_10287","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10288":{"id":"0_10288","valores":{"campo_0_10288":{"id":"0_10288","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.k. Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10288":{"id":"0_10288","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10289":{"id":"0_10289","valores":{"campo_0_10289":{"id":"0_10289","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.l. Vigencia de la resoluci\u00f3n","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10289":{"id":"0_10289","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10290":{"id":"0_10290","valores":{"campo_0_10290":{"id":"0_10290","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.m. Criterios de resoluci\u00f3n","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10290":{"id":"0_10290","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10291":{"id":"0_10291","valores":{"campo_0_10291":{"id":"0_10291","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.n. En caso de requerir inspecci\u00f3n o verificaci\u00f3n, se\u00f1alar el objetivo de esta e informaci\u00f3n que deber\u00e1 conservar","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10291":{"id":"0_10291","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10292":{"id":"0_10292","valores":{"campo_0_10292":{"id":"0_10292","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.\u00f1. Elabore el diagrama de flujo del tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10424":{"id":"0_10424","valores":{"campo_0_10424":{"id":"0_10424","aleatorio":0,"valor":"","largo":"0","hash":"a1b2c2d3e4f5g6h7i8j9k10l11m12n13o14p15q16"}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.\u00f1.1 En caso de contar con el diagrama del tr\u00e1mite o servicio, adjunte el documento","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10293":{"id":"0_10293","valores":{"campo_0_10293":{"id":"0_10293","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"EL:III.A.2. Se\u00f1ale, en su caso, la justificaci\u00f3n de la eliminaci\u00f3n del(os) tr\u00e1mite(s) o servicio(s)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10294":{"id":"0_10294","valores":{"0_10294":{"id":"0_10294","aleatorio":0,"valor":"Obligaciones"}},"correcto":"Si","titulo":"III.B. Seleccione los costos de cumplimiento distintos a los tr\u00e1mites\/servicios que la propuesta regulatoria crea o modifica","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10295":{"id":"0_10295","valores":{"campo_0_10295":{"id":"0_10295","aleatorio":0,"valor":"De que sean aplicados por los trabajadores de la Secretar\u00eda de Salud, Servicios de Salud de Chihuahua, Instituto Chihuahuense de Salud, y \u00d3rganos Desconcentrados; o cualquier nosocomio o unidad m\u00e9dica dependiente de Gobierno del Estado y particulares, as\u00ed como recintos funerarios, cementerios y panteones, para tener un manejo seguro de los cad\u00e1veres de las personas fallecidas debido a la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)."}},"correcto":"Si","titulo":"III.B.1. Se\u00f1ale cu\u00e1l es el costo identificado, describa c\u00f3mo contribuye al logro de los objetivos de la propuesta regulatoria e indique d\u00f3nde se ubica en la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10295":{"id":"0_10295","aleatorio":0,"ordenamiento":"1","articulo":"1,4,14 y 16","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10295_1524":{"id":"0_10295_1524","aleatorio":1524,"ordenamiento":"53","articulo":"3 fracciones XXVI","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10297":{"id":"0_10297","valores":{"0_10297":{"id":"0_10297","aleatorio":0,"valor":"Derechos"}},"correcto":"Si","titulo":"III.C. Seleccione si la propuesta regulatoria reduce o restringe derechos o prestaciones","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10298":{"id":"0_10298","valores":{"campo_0_10298":{"id":"0_10298","aleatorio":0,"valor":"Dentro de la propia habitaci\u00f3n de aislamiento se deber\u00e1 retirar todos los tubos, drenajes y cat\u00e9teres del cad\u00e1ver, para envolverlos en una s\u00e1bana que sea desechable, de material impermeable y posteriormente introducirse en una bolsa sanitaria con cierre herm\u00e9tico y plastificado. Se deber\u00e1 sellar todos los orificios de salida del cuerpo antes de ser movilizado. \nEn caso de heridas en personal que manipule el cad\u00e1ver, deber\u00e1 preferirse el lavado con agua y jab\u00f3n en lugar de soluciones desinfectantes, de ser posible. \nEn caso de que sea una mucosa la expuesta a la secreci\u00f3n, deber\u00e1 lavarse con agua corriente. \nCon la finalidad de limitar el riesgo de contagio por la concentraci\u00f3n de personas en las diferentes \u00e1reas de la funeraria, se solicitar\u00e1 a la familia efectuar la disposici\u00f3n final en forma inmediata. La velaci\u00f3n del cuerpo debe evitarse siempre que sea posible y en caso de realizarse, \u00e9sta deber\u00e1 ser menor a cuatro horas; se permitir\u00e1 la presencia de tantas personas como la superficie del establecimiento lo permita, calculado sobre 4 metros cuadrados por persona, con un aforo m\u00e1ximo en todos los casos de 20 personas. El ata\u00fad se mantendr\u00e1 cerrado y se garantizar\u00e1n las medidas higi\u00e9nico-sanitarias y de sana distancia en la sala donde se lleve a cabo la ceremonia.\n"}},"correcto":"Si","titulo":"III.C.1. Se\u00f1ale cu\u00e1l es el costo identificado, describa c\u00f3mo la reducci\u00f3n o restricci\u00f3n de derechos o prestaciones contribuye al logro de los objetivos de la propuesta regulatoria e identifique d\u00f3nde se ubica en la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10298":{"id":"0_10298","aleatorio":0,"ordenamiento":"1","articulo":"1,4,14,16","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10300":{"id":"0_10300","valores":{"campo_0_10300":{"id":"0_10300","aleatorio":0,"valor":"No se cuantificaron los costos y beneficios debido a que la Propuesta Regulatoria pretende atender de manera temporal una situaci\u00f3n de emergencia sanitaria para reducir los efectos de la contingencia sanitaria en el manejo de cad\u00e1veres."}},"correcto":"Si","titulo":"III.D. Se\u00f1ale las razones por las cuales no pudo cuantificar los costos y\/o los beneficios","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10301":{"id":"0_10301","valores":{"0_10301":{"id":"0_10301","aleatorio":0,"valor":"No"}},"correcto":"Si","titulo":"III.E. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria contiene disposiciones que pongan en riesgo la salud humana, animal o vegetal; la seguridad, trabajo o medio ambiente","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10302":{"id":"0_10302","valores":{"campo_0_10302":{"id":"0_10302","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.1. Tipo de riesgo","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10303":{"id":"0_10303","valores":{"campo_0_10303":{"id":"0_10303","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.2. Poblaci\u00f3n o industria potencialmente afectada","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10304":{"id":"0_10304","valores":{"campo_0_10304":{"id":"0_10304","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.3. Origen y \u00e1rea geogr\u00e1fica del riesgo","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10305":{"id":"0_10305","valores":{"campo_0_10305":{"id":"0_10305","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.4. Probabilidad de ocurrencia del riesgo","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10306":{"id":"0_10306","valores":{"campo_0_10306":{"id":"0_10306","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.5. Justifique c\u00f3mo la propuesta regulatoria puede mitigar o eliminar el riesgo","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10307":{"id":"0_10307","valores":{"0_10307":{"id":"0_10307","aleatorio":0,"valor":"Ninguno"}},"correcto":"Si","titulo":"IV.A. Se\u00f1ale si existe un impacto presupuestal en los siguientes aspectos","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10308":{"id":"0_10308","valores":{"campo_0_10308":{"id":"0_10308","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"IV.A.1. Describa el impacto presupuestal del aspecto se\u00f1alado","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10309":{"id":"0_10309","valores":{"campo_0_10309":{"id":"0_10309","aleatorio":0,"valor":"El personal de salud que atienda y manipule el cad\u00e1ver dentro de la unidad hospitalaria deber\u00e1 usar mascara quir\u00fargico desechable, bata desechable con mangas largas y sello en el pu\u00f1o, guantes de l\u00e1tex no est\u00e9riles y protecci\u00f3n facial que deber\u00e1 ser con googles, lentes de seguridad o con careta. \nDentro de la propia habitaci\u00f3n de aislamiento se deber\u00e1 retirar todos los tubos, drenajes y cat\u00e9teres del cad\u00e1ver, para envolverlos en una s\u00e1bana que sea desechable, de material impermeable y posteriormente introducirse en una bolsa sanitaria con cierre herm\u00e9tico y plastificado. Se deber\u00e1 sellar todos los orificios de salida del cuerpo antes de ser movilizado. \nEn caso de heridas en personal que manipule el cad\u00e1ver, deber\u00e1 preferirse el lavado con agua y jab\u00f3n en lugar de soluciones desinfectantes, de ser posible. \nEn caso de que sea una mucosa la expuesta a la secreci\u00f3n, deber\u00e1 lavarse con agua corriente. \nUna vez cerrada la bolsa con el cad\u00e1ver en su interior, se deber\u00e1 rociar en su totalidad con desinfectante de uso hospitalario o con una soluci\u00f3n de hipoclorito de sodio del 0.1 al 0.5%. Asimismo, se deber\u00e1 colocar una ficha en el frente de la bolsa con los datos personales del fallecido.\n"}},"correcto":"Si","titulo":"IV.B. Describa la forma y\/o los mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se implementar\u00e1 la propuesta regulatoria (incluyendo los recursos p\u00fablicos involucrados sean nuevos o existentes)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10310":{"id":"0_10310","valores":{"campo_0_10310":{"id":"0_10310","aleatorio":0,"valor":"Se autoriza a las autoridades competentes de la Secretar\u00eda de Salud, a trav\u00e9s de la Comisi\u00f3n Estatal para la Protecci\u00f3n contra Riesgos Sanitarios del Estado de Chihuahua, para vigilar que se cumplan con las disposiciones establecidas en los presentes Lineamientos; as\u00ed como aplicar las sanciones e interponer las denuncias correspondientes, en t\u00e9rminos de la legislaci\u00f3n aplicable."}},"correcto":"Si","titulo":"IV.C. Describa los esquemas de verificaci\u00f3n y vigilancia, as\u00ed como las sanciones que asegurar\u00e1n el cumplimiento de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10311":{"id":"0_10311","valores":{"0_10311":{"id":"0_10311","aleatorio":0,"valor":"Primero"}},"correcto":"Si","titulo":"V.A. Se\u00f1ale los indicadores a trav\u00e9s de los cuales se evaluar\u00e1 el logro de los objetivos de la propuesta regulatoria y describa cada uno de ellos","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10312":{"id":"0_10312","valores":{"campo_0_10312":{"id":"0_10312","aleatorio":0,"valor":"Numero de contagios, decesos, ocupaci\u00f3n hospitalaria\n"}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.1. Nombre del indicador","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10313":{"id":"0_10313","valores":{"campo_0_10313":{"id":"0_10313","aleatorio":0,"valor":"porcentaje"}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.2. M\u00e9todo de c\u00e1lculo (porcentaje, tasa, raz\u00f3n, n\u00famero \u00edndice)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10314":{"id":"0_10314","valores":{"campo_0_10314":{"id":"0_10314","aleatorio":0,"valor":"semanal"}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.3. Frecuencia (cada cuanto se mide)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10315":{"id":"0_10315","valores":{"campo_0_10315":{"id":"0_10315","aleatorio":0,"valor":"reportes"}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.4. Medio de verificaci\u00f3n (estudio, encuesta, reportes, etc.)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10316":{"id":"0_10316","valores":{"campo_0_10316":{"id":"0_10316","aleatorio":0,"valor":"Muertes y Contagios"}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.5. L\u00ednea base (del indicador)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10317":{"id":"0_10317","valores":{"campo_0_10317":{"id":"0_10317","aleatorio":0,"valor":"disminuir ocupaci\u00f3n hospitalaria, contagios y decesos "}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.6. Metas","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10318":{"id":"0_10318","valores":{"0_10318":{"id":"0_10318","aleatorio":0,"valor":"No se realiz\u00f3 consulta"}},"correcto":"Si","titulo":"VI.A. Se\u00f1ale si se consult\u00f3 a las partes y\/o grupos interesados para la elaboraci\u00f3n de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10319":{"id":"0_10319","valores":{"campo_0_10319":{"id":"0_10319","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"VI.A.1. Grupo o personas interesadas que emiten la opini\u00f3n","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10320":{"id":"0_10320","valores":{"campo_0_10320":{"id":"0_10320","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"VI.A.2. Describa la opini\u00f3n del grupo o personas interesadas","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10321":{"id":"0_10321","valores":{"campo_0_10321":{"id":"0_10321","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"VI.A.3. Indique las propuestas que se incluyeron en la propuesta regulatoria como resultado de las consultas realizadas","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10322":{"id":"0_10322","valores":{"campo_0_10322":{"id":"0_10322","aleatorio":0,"valor":"","largo":"0","hash":"a1b2c2d3e4f5g6h7i8j9k10l11m12n13o14p15q16"}},"correcto":"Si","titulo":"VII.A. Anexe las versiones electr\u00f3nicas de los documentos consultados o elaborados para dise\u00f1ar la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]}}}]

Datos básicos

Nombre del expediente:

A C U E R D O No. SS/003/2021 POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL MANEJO DE CADÁVERES DEBIDO AL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19).

Formato del expediente:

7 Emergencia

Descripcion general:

Lineamientos con el objeto de que sean aplicados por los trabajadores de la Secretaría de Salud, Servicios de Salud de Chihuahua, Instituto Chihuahuense de Salud, y Órganos Desconcentrados; o cualquier nosocomio o unidad médica dependiente de Gobierno del Estado y particulares, así como recintos funerarios, cementerios y panteones, para tener un manejo seguro de los cadáveres de las personas fallecidas debido a la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Palabras descriptivas:

  • Acuerdo
  • SARS CoV2 COVID 19
  • Cadáveres
  • Lineamientos


Fecha de publicación:

29-01-2021 15:21:45

No. Oficio: SFP-CEMR-119-2021
Asunto: Dictamen Final

Chihuahua, Chih., 29 de enero de 2021

DR. JUAN MANUEL GRANILLO SALAIS

DIRECTOR DE ENSEÑANZA Y CALIDAD DE LA

SECRETARÍA DE SALUD

P R E S E N T E.-

 

Me refiero a la Propuesta Regulatoria denominada Acuerdo SS/003/2021 por el que se Expiden los Lineamientos para el Manejo de Cadáveres Debido al Virus Sars-Cov2 (Covid-19), así como a su respectivo Formulario de Emergencia del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), ambos instrumentos remitidos por la Secretaría de Salud, y recibidos por la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria el 29 de enero de 2021, por medio del Sistema Informático destinado para tal efecto.

En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 17 fracción III, 66 y 67 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Chihuahua, me permito informar que derivado de revisión a la Propuesta Regulatoria en comento, esta Comisión Estatal observa que la Propuesta Regulatoria pretende resolver una situación de emergencia, en virtud de que se constató lo siguiente:

a)    La Propuesta Regulatoria tiene por objeto evitar un daño inminente, o bien atenuar o eliminar un daño existente a la salud o bienestar de la población ya que, debido a la emergencia sanitaria por el COVID-19, ha surgido la necesidad de aplicar los presentes lineamientos por los trabajadores de la Secretaría de Salud, Servicios de Salud de Chihuahua, Instituto Chihuahuense de Salud, y Órganos Desconcentrados; o cualquier nosocomio o unidad médica dependiente de Gobierno del Estado y particulares, así como recintos funerarios, cementerios y panteones, para tener un manejo seguro de los cadáveres de las personas fallecidas debido a la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

 

b)   La Propuesta Regulatoria tendrá una vigencia no mayor a seis meses.

 

c)    No se ha solicitado previamente trato de emergencia para un anteproyecto con contenido equivalente.

Por lo anterior, esta Comisión Estatal de Mejora Regulatoria emite un Dictamen Final Favorable de la Propuesta Regulatoria de referencia, por lo que se podrán iniciar las gestiones del procedimiento de publicación en el Periódico Oficial del Estado, del documento correspondiente.

Sin otro particular, agradezco su compromiso y reciba un cordial saludo.

A T E N T A M E N T E

 

 

MTRO. ALEJANDRO GUERRERO GARCÍA

DIRECTOR GENERAL DE LA
COMISIÓN ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA

C.c.p.      Mtra. Mónica Vargas Ruiz. Secretaria de la Función Pública.

Lic. Eduardo Fernández Herrera. Secretario de Salud.

 

 

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