Acuerdo N° SS/SEM/013/2020

Campos del expediente:

[{"id":0,"modalidad":"Formato AIR","contenedor":{"0_10064":{"id":"0_10064","valores":{"campo_0_10064":{"id":"0_10064","aleatorio":0,"valor":"La Secretar\u00eda de Salud es la dependencia del Poder Ejecutivo Estatal a la que le corresponde garantizar, en el marco de la competencia estatal, el derecho de protecci\u00f3n a la salud de la poblaci\u00f3n del Estado de Chihuahua, as\u00ed como establecer y conducir la pol\u00edtica estatal en materia de salud y derivado de Acuerdo Cuarto de la Onceava Reuni\u00f3n de la Sesi\u00f3n Permanente del Consejo Estatal de Salud COVID-19 y Acuerdo N\u00ba 137\/2020, publicado el 22 de noviembre de 2020, por el que se reforma el anexo 1 del Acuerdo 102\/2020, publicado el 10 de agosto de 2020 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado, se considera viable adecuar las restricciones sanitarias en el sem\u00e1foro de riesgo epidemiol\u00f3gico, particularmente en la etapa de color rojo."}},"correcto":"Si","titulo":"I.A. Describa la problem\u00e1tica o situaci\u00f3n que da origen a la emisi\u00f3n de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10063":{"id":"0_10063","valores":{"campo_0_10063":{"id":"0_10063","aleatorio":0,"valor":"La Secretar\u00eda de Salud es la dependencia del Poder Ejecutivo Estatal a la que le corresponde garantizar, en el marco de la competencia estatal, el derecho de protecci\u00f3n a la salud de la poblaci\u00f3n del Estado de Chihuahua, as\u00ed como establecer y conducir la pol\u00edtica estatal en materia de salud y derivado de Acuerdo Cuarto de la Onceava Reuni\u00f3n de la Sesi\u00f3n Permanente del Consejo Estatal de Salud COVID-19 y Acuerdo N\u00ba 137\/2020, publicado el 22 de noviembre de 2020, por el que se reforma el anexo 1 del Acuerdo 102\/2020, publicado el 10 de agosto de 2020 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado, se considera viable adecuar las restricciones sanitarias en el sem\u00e1foro de riesgo epidemiol\u00f3gico, particularmente en la etapa de color rojo."}},"correcto":"Si","titulo":"I.B. Describa los objetivos generales de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10275":{"id":"0_10275","valores":{"campo_0_10275":{"id":"0_10275","aleatorio":0,"valor":"Esta Secretar\u00eda de Salud, emiti\u00f3 Acuerdo SS\/SEM\/009\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 28 de septiembre de 2020, por el que se determina la etapa de semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraban las dos regiones del Estado; as\u00ed como el Acuerdo SS\/SEM\/010\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del estado el d\u00eda 12 de octubre de 2020, a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraban las dos Regiones del Estado y Acuerdos SS\/SEM\/011\/2020 y SS\/SEM\/012\/2020, publicados en el Peri\u00f3dico Oficial del estado con fechas 17 y 22 de octubre de 2020, respectivamente, por el que se determina la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontrar\u00e1n las dos regiones del Estado, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19.\n\nCon fecha 22 de octubre de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el Acuerdo N\u00ba 120\/2020, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, por el que se reforman el cuarto p\u00e1rrafo del art\u00edculo D\u00e9cimo y Anexo 1 del Acuerdo 102\/2020, publicado el 10 de agosto de 2020, para adecuar las restricciones sanitarias contenidas en dicho sistema de semaforizaci\u00f3n, principalmente con el objeto de adecuar las restricciones sanitarias, principalmente aquellas que deben acatarse por la industria, al ser \u00e9ste un sector que ha cumplido de forma adecuada con las medidas preventivas y cuya operaci\u00f3n resulta fundamental en nuestra entidad.\n\nAsimismo, con fecha 22 de noviembre de 2020 se emiti\u00f3 Acuerdo No. 137\/2020 emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, por el que se reforma el Anexo 1 del Acuerdo 102\/2020, publicado el 10 de agosto de 2020, en el que se establece que en sem\u00e1foro rojo, restaurantes, comercios y locales, y comercios dentro de los centros comerciales, permanecen suspendidos hasta en tanto esta Secretar\u00eda de Salud, defina nuevas medidas de reapertura.\n"}},"correcto":"Si","titulo":"I.C. Justifique que la situaci\u00f3n que el anteproyecto pretende resolver o prevenir constituye una emergencia","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10065":{"id":"0_10065","valores":{"0_10065":{"id":"0_10065","aleatorio":0,"valor":"Acuerdo"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A. Indique el tipo de ordenamiento jur\u00eddico propuesto","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10068":{"id":"0_10068","valores":{"campo_0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"valor":"Secretar\u00eda de Salud"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.1. Se\u00f1ale el nombre de la autoridad que tiene la atribuci\u00f3n de proponer o expedir la propuesta regulatoria y elija el ordenamiento que sustenta su competencia","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"ordenamiento":"1","articulo":"1,4,14 y 16","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_4557":{"id":"0_10068_4557","aleatorio":4557,"ordenamiento":"38","articulo":"4,130,134,135,140,143,361,362,369,370","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_9496":{"id":"0_10068_9496","aleatorio":9496,"ordenamiento":"24","articulo":"1,2,3,24,27 Bis","fraccion":"XIII","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10069":{"id":"0_10069","valores":{"campo_0_10069":{"id":"0_10069","aleatorio":0,"valor":"Acuerdo N\u00b0 SS\/SEM\/013\/2020"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.2. Mencione las disposiciones jur\u00eddicas que, en su caso, la propuesta regulatoria crea, modifica, o suprime","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10192":{"id":"0_10192","valores":{"campo_0_10192":{"id":"0_10192","aleatorio":0,"valor":"La Propuesta Regulatoria establece los lineamientos para la reapertura econ\u00f3mica en el Estado de Chihuahua, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19."}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.3. Se\u00f1ale porqu\u00e9 considera que este ordenamiento jur\u00eddico s\u00ed resolver\u00e1 la problem\u00e1tica","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10067":{"id":"0_10067","valores":[{"id":"0_10067","aleatorio":0,"valor":"Si"}],"correcto":"Si","titulo":"II.B. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria es congruente con los marcos jur\u00eddicos nacional, estatal y municipal","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10199":{"id":"0_10199","valores":{"campo_0_10199":{"id":"0_10199","aleatorio":0,"valor":"1.- Que el 23 de marzo de 2020 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2, COVID-19, en M\u00e9xico, como una enfermedad grave de atenci\u00f3n prioritaria, as\u00ed como se establecen las actividades de preparaci\u00f3n y respuesta ante dicha epidemia.\n\n2.- El 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2, COVID-19; instrumento en el cual se estableci\u00f3 que la Secretar\u00eda de Salud determinar\u00eda todas las acciones necesarias para atender la emergencia.\n\n3.- Derivado del Acuerdo anterior, el Secretario de Salud public\u00f3 el 31 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2. Entre las acciones establecidas se encuentra la suspensi\u00f3n de actividades no esenciales, del 30 de marzo al 30 de abril de la presente anualidad, con la finalidad de mitigar la dispersi\u00f3n y transmisi\u00f3n del multicitado virus, para disminuir la carga de la enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la poblaci\u00f3n del territorio nacional. Adicionalmente, se define un conjunto de actividades consideradas esenciales, mismas que podr\u00e1n desarrollarse observando pr\u00e1cticas y medidas sanitarias. La vigencia de dicho instrumento fue ampliada hasta el 30 de mayo, en virtud del Acuerdo publicado por el Secretario de Salud el 21 de abril del presente a\u00f1o en el referido \u00f3rgano oficial de difusi\u00f3n.\n\n4.- El 19 de abril de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el Acuerdo N\u00ba 064\/2020, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, por medio del cual se ampli\u00f3 el periodo de suspensi\u00f3n de actividades no esenciales, y se se\u00f1alaron diversas disposiciones adicionales con el prop\u00f3sito de contener la transmisi\u00f3n del referido virus. En el art\u00edculo Segundo Transitorio se estableci\u00f3 que la vigencia de dichas medidas, as\u00ed como las del Acuerdo 049\/2020, permanecer\u00edan vigentes hasta el 30 de mayo de 2020.\n\n5.- El 14 de mayo de 2020, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y econ\u00f3micas, as\u00ed como un sistema de sem\u00e1foro por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiol\u00f3gico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa. \n\n6.- El 30 de mayo de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el Acuerdo N\u00ba 083\/2020, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, por el que se establece la estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y econ\u00f3micas en el estado de Chihuahua, en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19.\n\n7.- Con el prop\u00f3sito de retornar a una nueva normalidad de manera organizada para evitar nuevos brotes, esta Secretar\u00eda de Salud, emiti\u00f3 Acuerdo n\u00famero SS\/SEM\/04\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del Estado el d\u00eda 14 de junio de 2020, definiendo las etapas en que se encontraba la entidad; as\u00ed como el Acuerdo SS\/SEM\/007\/2020, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del estado el d\u00eda 20 de junio de 2020, por el que se establecen dos regiones en el Estado de Chihuahua, a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encuentra el Estado de Chihuahua, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19.\n\n8.- Con fecha 20 de junio de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el Acuerdo N\u00ba 089\/2020, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua por medio del cual se reform\u00f3 el art\u00edculo D\u00e9cimo Primero del Acuerdo 083\/2020, a efecto de definir las medidas b\u00e1sicas de operaci\u00f3n y reapertura para las actividades relativas al transporte, centros deportivos en espacios abiertos y centros de abastecimiento de alimentos e insumos, con el prop\u00f3sito de que tal reapertura fuese progresiva, de conformidad con las etapas de semaforizaci\u00f3n.\n\n9.- Con fecha 10 de agosto de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el Acuerdo N\u00ba 102\/2020, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, por el que se establece la estrategia y los lineamientos para la reapertura de las actividades sociales, educativas y econ\u00f3micas, en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19\n\n10.- Con fecha 31 de agosto de 2020, esta Secretar\u00eda de Salud, emiti\u00f3 Acuerdo SS\/SEM\/008\/2020, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado, por el que se establecen dos regiones en el Estado de Chihuahua, a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraba el Estado de Chihuahua, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19.\n\n11.- Con fecha 31 de agosto de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el Acuerdo N\u00ba 109\/2020, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, con el objeto de adecuar las restricciones sanitarias, principalmente aquellas que deben acatarse durante la etapa de color amarillo del sem\u00e1foro previamente se\u00f1alado, priorizando en todo momento la salud de las y los chihuahuenses.\n\n12.- Esta Secretar\u00eda de Salud, emiti\u00f3 Acuerdo SS\/SEM\/009\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 28 de septiembre de 2020, por el que se determina la etapa de semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraban las dos regiones del Estado; as\u00ed como el Acuerdo SS\/SEM\/010\/2020, publicado en edici\u00f3n extraordinaria del Peri\u00f3dico Oficial del estado el d\u00eda 12 de octubre de 2020, a efecto de determinar la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontraban las dos Regiones del Estado y Acuerdos SS\/SEM\/011\/2020 y SS\/SEM\/012\/2020, publicados en el Peri\u00f3dico Oficial del estado con fechas 17 y 22 de octubre de 2020, respectivamente, por el que se determina la etapa de la semaforizaci\u00f3n sanitaria en que se encontrar\u00e1n las dos regiones del Estado, en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro establecido para la reapertura de actividades en virtud de la pandemia causada por la enfermedad COVID-19.\n\n13.- Con fecha 22 de octubre de 2020, se public\u00f3 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado el Acuerdo N\u00ba 120\/2020, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, por el que se reforman el cuarto p\u00e1rrafo del art\u00edculo D\u00e9cimo y Anexo 1 del Acuerdo 102\/2020, publicado el 10 de agosto de 2020, para adecuar las restricciones sanitarias contenidas en dicho sistema de semaforizaci\u00f3n, principalmente con el objeto de adecuar las restricciones sanitarias, principalmente aquellas que deben acatarse por la industria, al ser \u00e9ste un sector que ha cumplido de forma adecuada con las medidas preventivas y cuya operaci\u00f3n resulta fundamental en nuestra entidad.\n\n14.- Asimismo, con fecha 22 de noviembre de 2020 se emiti\u00f3 Acuerdo No. 137\/2020 emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, por el que se reforma el Anexo 1 del Acuerdo 102\/2020, publicado el 10 de agosto de 2020, en el que se establece que en sem\u00e1foro rojo, restaurantes, comercios y locales, y comercios dentro de los centros comerciales, permanecen suspendidos hasta en tanto esta Secretar\u00eda de Salud, defina nuevas medidas de reapertura.\n\n\n15.- La Secretar\u00eda de Salud es la dependencia del Poder Ejecutivo Estatal a la que le corresponde garantizar, en el marco de la competencia estatal, el derecho de protecci\u00f3n a la salud de la poblaci\u00f3n del Estado de Chihuahua, as\u00ed como establecer y conducir la pol\u00edtica estatal en materia de salud y derivado de Acuerdo Cuarto de la Onceava Reuni\u00f3n de la Sesi\u00f3n Permanente del Consejo Estatal de Salud COVID-19 y Acuerdo N\u00ba 137\/2020, publicado el 22 de noviembre de 2020, por el que se reforma el anexo 1 del Acuerdo 102\/2020, publicado el 10 de agosto de 2020 en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado, se considera viable adecuar las restricciones sanitarias en el sem\u00e1foro de riesgo epidemiol\u00f3gico, particularmente en la etapa de color rojo.\n"}},"correcto":"Si","titulo":"II.B.1. Justifique la congruencia o no con los marcos jur\u00eddicos nacional, estatal y municipal","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10066":{"id":"0_10066","valores":{"0_10066":{"id":"0_10066","aleatorio":0,"valor":"No existen"}},"correcto":"Si","titulo":"II.C. Se\u00f1ale si existen ordenamientos jur\u00eddicos vigentes directamente aplicables a la problem\u00e1tica materia de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10193":{"id":"0_10193","valores":{"campo_0_10193":{"id":"0_10193","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"II.C.1. Explique por qu\u00e9 es insuficiente para atender la problem\u00e1tica identificada y elija la disposici\u00f3n jur\u00eddica correspondiente","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10193":{"id":"0_10193","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10381":{"id":"0_10381","valores":{"0_10381":{"id":"0_10381","aleatorio":0,"valor":"S\u00ed"}},"correcto":"Si","titulo":"III.A. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria afecta tr\u00e1mites y\/o servicios","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10276":{"id":"0_10276","valores":{"0_10276":{"id":"0_10276","aleatorio":0,"valor":"EL"}},"correcto":"Si","titulo":"III.A.1. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria crea, modifica o elimina tr\u00e1mites\/servicios","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10277":{"id":"0_10277","valores":{"campo_0_10277":{"id":"0_10277","aleatorio":0,"valor":"Carta compromiso de medidas de reapertura."}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.a. Nombre del tr\u00e1mite o servicio y fundamento jur\u00eddico (o ubicaci\u00f3n en la propuesta jur\u00eddica)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10277":{"id":"0_10277","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10278":{"id":"0_10278","valores":{"campo_0_10278":{"id":"0_10278","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.b. Narrativa del tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10280":{"id":"0_10280","valores":{"campo_0_10280":{"id":"0_10280","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.c. Sujetos que pueden solicitar el tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10281":{"id":"0_10281","valores":{"campo_0_10281":{"id":"0_10281","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.d. Casos en los que pueda o deba realizar el tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10282":{"id":"0_10282","valores":{"campo_0_10282":{"id":"0_10282","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.e. Medio de presentaci\u00f3n del tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10282":{"id":"0_10282","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10283":{"id":"0_10283","valores":{"campo_0_10283":{"id":"0_10283","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.f. Datos y documentos solicitados","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10283":{"id":"0_10283","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10284":{"id":"0_10284","valores":{"campo_0_10284":{"id":"0_10284","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.g. Plazo de la autoridad para resolver el tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10284":{"id":"0_10284","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10285":{"id":"0_10285","valores":{"campo_0_10285":{"id":"0_10285","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.h. Plazo que tiene la autoridad para prevenir al solicitante","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10285":{"id":"0_10285","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10286":{"id":"0_10286","valores":{"campo_0_10286":{"id":"0_10286","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.i. Plazo del solicitante para subsanar la prevenci\u00f3n","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10286":{"id":"0_10286","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10287":{"id":"0_10287","valores":{"campo_0_10287":{"id":"0_10287","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.j. Ficta","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10287":{"id":"0_10287","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10288":{"id":"0_10288","valores":{"campo_0_10288":{"id":"0_10288","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.k. Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10288":{"id":"0_10288","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10289":{"id":"0_10289","valores":{"campo_0_10289":{"id":"0_10289","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.l. Vigencia de la resoluci\u00f3n","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10289":{"id":"0_10289","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10290":{"id":"0_10290","valores":{"campo_0_10290":{"id":"0_10290","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.m. Criterios de resoluci\u00f3n","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10290":{"id":"0_10290","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10291":{"id":"0_10291","valores":{"campo_0_10291":{"id":"0_10291","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.n. En caso de requerir inspecci\u00f3n o verificaci\u00f3n, se\u00f1alar el objetivo de esta e informaci\u00f3n que deber\u00e1 conservar","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10291":{"id":"0_10291","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10292":{"id":"0_10292","valores":{"campo_0_10292":{"id":"0_10292","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.\u00f1. Elabore el diagrama de flujo del tr\u00e1mite o servicio","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10424":{"id":"0_10424","valores":{"campo_0_10424":{"id":"0_10424","aleatorio":0,"valor":"","largo":"0","hash":"a1b2c2d3e4f5g6h7i8j9k10l11m12n13o14p15q16"}},"correcto":"Si","titulo":"CM:III.A.1.\u00f1.1 En caso de contar con el diagrama del tr\u00e1mite o servicio, adjunte el documento","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10293":{"id":"0_10293","valores":{"campo_0_10293":{"id":"0_10293","aleatorio":0,"valor":"No aplica"}},"correcto":"Si","titulo":"EL:III.A.2. Se\u00f1ale, en su caso, la justificaci\u00f3n de la eliminaci\u00f3n del(os) tr\u00e1mite(s) o servicio(s)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10294":{"id":"0_10294","valores":{"0_10294":{"id":"0_10294","aleatorio":0,"valor":"Obligaciones"}},"correcto":"Si","titulo":"III.B. Seleccione los costos de cumplimiento distintos a los tr\u00e1mites\/servicios que la propuesta regulatoria crea o modifica","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10295":{"id":"0_10295","valores":{"campo_0_10295":{"id":"0_10295","aleatorio":0,"valor":"A. Los restaurantes, comercios y locales, y los comercios dentro de centros comerciales, podr\u00e1n reiniciar operaciones en t\u00e9rminos del sem\u00e1foro de riesgo epidemiol\u00f3gico, exclusivamente cuando cumplan con las siguientes medidas:\n\nActividad \tMedidas de Reapertura\nRestaurantes\t1.\tAforo del 50% solo en terraza; se entiende por terraza como el \u00e1rea abierta de por lo menos dos costados, con techo, separada del \u00e1rea de restaurante. \n2.\tSeparaci\u00f3n de 3 metros de distancia entre las mesas en todas las direcciones; hasta 6 personas por mesa, con 1 metro de distancia entre personas de la misma mesa. \n3.\tEl restaurante que tenga terraza y pretenda abrir, tendr\u00e1 que enviar un correo de aviso a la Direcci\u00f3n General de Gobierno de la Secretar\u00eda General de Gobierno, a la direcci\u00f3n direcciongeneralgob@gmail.com, con los siguientes datos:\na)\tNombre del restaurante.\nb)\tDirecci\u00f3n del restaurante.\nc)\tDimensi\u00f3n de la terraza del restaurante.\nd)\tN\u00famero m\u00e1ximo de personas que pueden estar en la terraza del restaurante con respecto al 50% de aforo de la terraza.\n-No es necesario esperar confirmaci\u00f3n ni aprobaci\u00f3n por parte de la Direcci\u00f3n General de Gobierno; basta con enviar el correo de aviso para abrir.\n4.\tEntre semana: venta de alcohol permitida hasta las 18:00 horas, no puede haber alcohol en las mesas a partir de las 19:00 horas; horario de cierre a las 21:00 horas. \n5.\tFines de semana: venta de alcohol permitida hasta las 19:00 horas, no puede haber alcohol en las mesas a partir de las 20:00 horas; horario de cierre a las 22:00 horas. \n6.\tLos establecimientos podr\u00e1n, previa autorizaci\u00f3n del municipio, instalar mesas en las afueras de sus instalaciones, con una capacidad de hasta el 50% de su aforo normal, con separaci\u00f3n de 3 metros de distancia entre las mesas en todas las direcciones, hasta 6 personas por mesa, con un 1 metro de distancia entre personas de la misma mesa. \n7.\tCada establecimiento ser\u00e1 responsable de que sus clientes y empleados usen cubrebocas y cumplan con todas las medidas.\n8.\tSin \u00e1reas infantiles y con medidas de sana distancia. \n9.\tProhibidos los eventos.\n10.\tQuienes no cuenten con las caracter\u00edsticas anteriores, \u00fanicamente podr\u00e1n tener servicio a domicilio y para llevar.\nComercios dentro de centros comerciales\t1.\tAforo del 25% en el centro comercial y cada comercio al interior, sin incluir empleados.\n2.\tLa Secretar\u00eda General de Gobierno pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de cada centro comercial una carta compromiso, en la cual se deber\u00e1 se\u00f1alar el n\u00famero de personas que pueden estar al interior del centro comercial, as\u00ed como el compromiso de dar cumplimiento a los protocolos establecidos, misma que deber\u00e1 ser firmada y entregada a la dependencia. En esta carta compromiso se establecer\u00e1 el \u201cComit\u00e9 COVID\u201d del centro comercial, que verificar\u00e1 que los comercios al interior del centro comercial cumplan con los lineamientos y protocolos establecidos. \n3.\tEl centro comercial y cada comercio al interior, deber\u00e1n poner de forma visible su aforo permitido. \n4.\tEl centro comercial establecer\u00e1 rutas de flujo interior en las zonas comunes para evitar el cruce de personas, as\u00ed como se\u00f1alizar la entrada y salida independiente del mismo.\n5.\tCanceladas las \u00e1reas comunes y de atracciones.\n6.\tCancelada el \u00e1rea de comida.\n7.\tLas tiendas que tienen acceso por la calle, usar\u00e1n esta puerta como entrada y salida, y mantendr\u00e1n cancelada la puerta que da entrada al centro comercial. \n8.\tEl horario ser\u00e1 el normal de operaciones.\n9.\tCada centro comercial y los comercios dentro de centros comerciales ser\u00e1n responsables de que sus clientes y empleados usen cubrebocas y cumplan con todas las medidas. \n10.\tCada establecimiento ser\u00e1 responsable de evitar aglomeraciones en las filas de acceso.\nComercios y locales\t1.\tAforo del 25% sin incluir empleados.\n2.\tCada comercio debe poner de forma visible su aforo permitido.\n3.\tCada comercio tendr\u00e1 una sola entrada y salida para controlar aforos.\n4.\tCada establecimiento ser\u00e1 responsable de que sus clientes y empleados usen cubrebocas y cumplan con todas las medidas. \n5.\tEl horario ser\u00e1 el normal de operaciones.\n6.\tCada establecimiento ser\u00e1 responsable de evitar aglomeraciones en las filas de acceso.\n\nB. Los Centros Comerciales deber\u00e1n presentar ante la Secretar\u00eda General de Gobierno la carta compromiso a que se refieren las presentes medidas, debidamente llenada y firmada previo a su reapertura, no pudiendo reiniciar actividades en tanto no lo hagan.\n\nPara el efecto del p\u00e1rrafo anterior, la carta compromiso se presentar\u00e1 atendiendo a los medios y t\u00e9rminos que establezca la propia Secretar\u00eda General de Gobierno.\n\nC. La Secretar\u00eda de Salud interpretar\u00e1 administrativamente las presentes medidas.\n"}},"correcto":"Si","titulo":"III.B.1. Se\u00f1ale cu\u00e1l es el costo identificado, describa c\u00f3mo contribuye al logro de los objetivos de la propuesta regulatoria e indique d\u00f3nde se ubica en la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10295":{"id":"0_10295","aleatorio":0,"ordenamiento":"18","articulo":"\u00danico","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10297":{"id":"0_10297","valores":{"0_10297":{"id":"0_10297","aleatorio":0,"valor":"Ninguna de las anteriores"}},"correcto":"Si","titulo":"III.C. Seleccione si la propuesta regulatoria reduce o restringe derechos o prestaciones","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10298":{"id":"0_10298","valores":{"campo_0_10298":{"id":"0_10298","aleatorio":0,"valor":"Acuerdo 137\/2020 publicado el 22 de noviembre de 2020"}},"correcto":"Si","titulo":"III.C.1. Se\u00f1ale cu\u00e1l es el costo identificado, describa c\u00f3mo la reducci\u00f3n o restricci\u00f3n de derechos o prestaciones contribuye al logro de los objetivos de la propuesta regulatoria e identifique d\u00f3nde se ubica en la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10298":{"id":"0_10298","aleatorio":0,"ordenamiento":"95","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10300":{"id":"0_10300","valores":{"campo_0_10300":{"id":"0_10300","aleatorio":0,"valor":"No se cuantificaron los costos y beneficios debido a que la Propuesta Regulatoria pretende atender de manera temporal una situaci\u00f3n de emergencia sanitaria para reducir los efectos de la contingencia sanitaria en la reapertura econ\u00f3mica en el Estado de Chihuahua."}},"correcto":"Si","titulo":"III.D. Se\u00f1ale las razones por las cuales no pudo cuantificar los costos y\/o los beneficios","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10301":{"id":"0_10301","valores":{"0_10301":{"id":"0_10301","aleatorio":0,"valor":"No"}},"correcto":"Si","titulo":"III.E. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria contiene disposiciones que pongan en riesgo la salud humana, animal o vegetal; la seguridad, trabajo o medio ambiente","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10302":{"id":"0_10302","valores":{"campo_0_10302":{"id":"0_10302","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.1. Tipo de riesgo","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10303":{"id":"0_10303","valores":{"campo_0_10303":{"id":"0_10303","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.2. Poblaci\u00f3n o industria potencialmente afectada","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10304":{"id":"0_10304","valores":{"campo_0_10304":{"id":"0_10304","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.3. Origen y \u00e1rea geogr\u00e1fica del riesgo","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10305":{"id":"0_10305","valores":{"campo_0_10305":{"id":"0_10305","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.4. Probabilidad de ocurrencia del riesgo","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10306":{"id":"0_10306","valores":{"campo_0_10306":{"id":"0_10306","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"III.E.5. Justifique c\u00f3mo la propuesta regulatoria puede mitigar o eliminar el riesgo","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10307":{"id":"0_10307","valores":{"0_10307":{"id":"0_10307","aleatorio":0,"valor":"Ninguno"}},"correcto":"Si","titulo":"IV.A. Se\u00f1ale si existe un impacto presupuestal en los siguientes aspectos","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10308":{"id":"0_10308","valores":{"campo_0_10308":{"id":"0_10308","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"IV.A.1. Describa el impacto presupuestal del aspecto se\u00f1alado","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10309":{"id":"0_10309","valores":{"campo_0_10309":{"id":"0_10309","aleatorio":0,"valor":"La Secretar\u00edas de Salud y General de Gobierno implementar\u00e1n la propuesta regulatoria para verificar su cumplimiento y recibir los avisos y cartas compromiso establecidas en el presente Acuerdo."}},"correcto":"Si","titulo":"IV.B. Describa la forma y\/o los mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se implementar\u00e1 la propuesta regulatoria (incluyendo los recursos p\u00fablicos involucrados sean nuevos o existentes)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10310":{"id":"0_10310","valores":{"campo_0_10310":{"id":"0_10310","aleatorio":0,"valor":"La Secretar\u00edas de Salud y General de Gobierno implementar\u00e1n la propuesta regulatoria para verificar su cumplimiento y recibir los avisos y cartas compromiso establecidas en el presente Acuerdo."}},"correcto":"Si","titulo":"IV.C. Describa los esquemas de verificaci\u00f3n y vigilancia, as\u00ed como las sanciones que asegurar\u00e1n el cumplimiento de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10311":{"id":"0_10311","valores":{"0_10311":{"id":"0_10311","aleatorio":0,"valor":"Ninguno"}},"correcto":"Si","titulo":"V.A. Se\u00f1ale los indicadores a trav\u00e9s de los cuales se evaluar\u00e1 el logro de los objetivos de la propuesta regulatoria y describa cada uno de ellos","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10312":{"id":"0_10312","valores":{"campo_0_10312":{"id":"0_10312","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.1. Nombre del indicador","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10313":{"id":"0_10313","valores":{"campo_0_10313":{"id":"0_10313","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.2. M\u00e9todo de c\u00e1lculo (porcentaje, tasa, raz\u00f3n, n\u00famero \u00edndice)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10314":{"id":"0_10314","valores":{"campo_0_10314":{"id":"0_10314","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.3. Frecuencia (cada cuanto se mide)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10315":{"id":"0_10315","valores":{"campo_0_10315":{"id":"0_10315","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.4. Medio de verificaci\u00f3n (estudio, encuesta, reportes, etc.)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10316":{"id":"0_10316","valores":{"campo_0_10316":{"id":"0_10316","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.5. L\u00ednea base (del indicador)","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10317":{"id":"0_10317","valores":{"campo_0_10317":{"id":"0_10317","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"V.A.6. Metas","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10318":{"id":"0_10318","valores":{"0_10318":{"id":"0_10318","aleatorio":0,"valor":"No se realiz\u00f3 consulta"}},"correcto":"Si","titulo":"VI.A. Se\u00f1ale si se consult\u00f3 a las partes y\/o grupos interesados para la elaboraci\u00f3n de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10319":{"id":"0_10319","valores":{"campo_0_10319":{"id":"0_10319","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"VI.A.1. Grupo o personas interesadas que emiten la opini\u00f3n","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10320":{"id":"0_10320","valores":{"campo_0_10320":{"id":"0_10320","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"VI.A.2. 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Datos básicos

Nombre del expediente:

Acuerdo N° SS/SEM/013/2020

Formato del expediente:

7 Emergencia

Descripcion general:

Acuerdo N° SS/SEM/013/2020

Palabras descriptivas:

  • Acuerdo
  • Regulatorio
  • Medidas de reapertura


Fecha de publicación:

25-11-2020 15:22:06

No. Oficio: SFP-CEMR-547-2020
Asunto: Dictamen Final

Chihuahua, Chih., 25 de noviembre de 2020



DR. JUAN MANUEL GRANILLO SALAIS

DIRECTOR DE ENSEÑANZA Y CALIDAD

SECRETARÍA DE SALUD

P R E S E N T E.-

 

Me refiero a la Propuesta Regulatoria denominada Acuerdo N° SS/SEM/013/2020, así como a su respectivo Formulario de Emergencia del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), ambos instrumentos remitidos por la Secretaría de Salud, y recibidos por la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria el 25 de noviembre de 2020, por medio del Sistema Informático destinado para tal efecto.

En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 17 fracción III, 66 y 67 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Chihuahua, me permito informar que derivado de revisión a la Propuesta Regulatoria en comento, esta Comisión Estatal observa que la Propuesta Regulatoria pretende resolver una situación de emergencia, en virtud de que se constató lo siguiente:

a)    La Propuesta Regulatoria tiene por objeto evitar un daño inminente, o bien atenuar o eliminar un daño existente a la salud o bienestar de la población ya que, debido a la emergencia sanitaria por el COVID-19, ha surgido la necesidad de establecer los lineamientos para la reapertura económica, a fin de evitar el contagio y contener la propagación de la enfermedad ocasionada por el Virus SARS-CoV2.

 

b)   La Propuesta Regulatoria tendrá una vigencia no mayor a seis meses.

 

c)    No se ha solicitado previamente trato de emergencia para un anteproyecto con contenido equivalente.

Por lo anterior, esta Comisión Estatal de Mejora Regulatoria emite un Dictamen Final Favorable de la Propuesta Regulatoria de referencia, por lo que se podrán iniciar las gestiones del procedimiento de publicación en el Periódico Oficial del Estado, del documento correspondiente.

Sin otro particular, agradezco su compromiso y reciba un cordial saludo.

A T E N T A M E N T E

 

 

 

MTRO. ALEJANDRO GUERRERO GARCÍA

DIRECTOR GENERAL DE LA
COMISIÓN ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA

 

C.c.p.      Mtra. Mónica Vargas Ruiz. Secretaria de la Función Pública.

Li. Eduardo Fernández Herrera. Secretario de Salud.

 

 

“2020, Por un Nuevo Federalismo Fiscal, Justo y Equitativo”
“2020, Año de la Sanidad Vegetal”