ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR EL PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO DEL AÑO 2023 DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Campos del expediente:
[{"id":0,"modalidad":"Formato AIR","contenedor":{"0_10064":{"id":"0_10064","valores":{"campo_0_10064":{"id":"0_10064","aleatorio":0,"valor":"El periodo vacacional de los trabajadores de COESPRIS, que interrumpe los d\u00edas h\u00e1biles de los tr\u00e1mites, de la misma."}},"correcto":"Si","titulo":"I.A. Describa la problem\u00e1tica o situaci\u00f3n que da origen a la emisi\u00f3n de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10063":{"id":"0_10063","valores":{"campo_0_10063":{"id":"0_10063","aleatorio":0,"valor":"Dar certeza jur\u00eddica a la ciudadan\u00eda para conocer los d\u00eda h\u00e1biles de COESPRIS."}},"correcto":"Si","titulo":"I.B. Describa los objetivos generales de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10273":{"id":"0_10273","valores":{"campo_0_10273":{"id":"0_10273","aleatorio":0,"valor":"Porque no es un tr\u00e1mite que la ciudadan\u00eda realice, sino darles a conocer los d\u00edas h\u00e1biles e inh\u00e1biles de COESPRIS."}},"correcto":"Si","titulo":"I.C. Justifique las razones por las que considera que la regulaci\u00f3n propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios que \u00e9sta pudiera generar para estos o el gobierno","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10065":{"id":"0_10065","valores":{"0_10065":{"id":"0_10065","aleatorio":0,"valor":"Acuerdo"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A. Indique el tipo de ordenamiento jur\u00eddico propuesto","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10068":{"id":"0_10068","valores":{"campo_0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"valor":"SECRETAR\u00cdA DE SALUD"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.1. Se\u00f1ale el nombre de la autoridad que tiene la atribuci\u00f3n de proponer o expedir la propuesta regulatoria y elija el ordenamiento que sustenta su competencia","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"ordenamiento":"38","articulo":"55 Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Chihuahua","fraccion":"III","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10069":{"id":"0_10069","valores":{"campo_0_10069":{"id":"0_10069","aleatorio":0,"valor":"1, p\u00e1rrafos primero y segundo, fracci\u00f3n VII, 2 p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n I, 24, p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n V, 27 bis, p\u00e1rrafo primero, fracciones I, II, III, VIII, X, XV, y XXIV, de la Ley Org\u00e1nica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; 3, p\u00e1rrafo primero, inciso B), 23 y 246 de la Ley Estatal de Salud; 55, p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n III y \u00faltimo p\u00e1rrafo de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Chihuahua; 3, 4, 6, fracci\u00f3n VIII, inciso a), 9, fracciones III, VII, XVIII, XXV y XXXII del Reglamento Interior de la Secretar\u00eda de Salud; y 1 del Reglamento de la Comisi\u00f3n Estatal para la Protecci\u00f3n Contra Riesgos Sanitarios del Estado de Chihuahua"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.2. Mencione las disposiciones jur\u00eddicas que, en su caso, la propuesta regulatoria crea, modifica, o suprime","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10192":{"id":"0_10192","valores":{"campo_0_10192":{"id":"0_10192","aleatorio":0,"valor":"Porque son los art\u00edculos que fundamenta los d\u00edas inh\u00e1biles."}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.3. Se\u00f1ale porqu\u00e9 considera que este ordenamiento jur\u00eddico s\u00ed resolver\u00e1 la problem\u00e1tica","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10067":{"id":"0_10067","valores":[{"id":"0_10067","aleatorio":0,"valor":"Si"}],"correcto":"Si","titulo":"II.B. 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Datos básicos
Nombre del expediente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR EL PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO DEL AÑO 2023 DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Ordenamientos jurídicos:
Formato del expediente:
5 Exención
Descripcion general:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR EL PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO DEL AÑO 2023 DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
Palabras descriptivas:
Acuerdo.
Inhábile
COESPRIS
periodo
vacacional
Fecha de publicación:
08-12-2023 16:19:25
Dictamen
Chihuahua, Chih., 08 de diciembre de 2023
Oficio: SFP-CEMR-800-2023 Asunto: Dictamen Final
Lic. Gilda Vanessa Rodríguez Ordoñez
Jefa del Departamento de Servicios Jurídicos de la
Secretaria de Salud
Presente. -
Me refiero a la Propuesta Regulatoria denominada ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR EL PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO DEL AÑO 2023 DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, ÓRGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE CHIHUAHUA,así como a su respectivo Formulario de Exención del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), ambos instrumentos remitidos por Secretaría de Salud y recibidos por la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria el 07 de diciembre de 2023, por medio del Sistema Informático[1] destinado para tal efecto.
Al respecto, del análisis de la Propuesta Regulatoria y su solicitud de Exención del Análisis de Impacto Regulatorio, se observa que la misma tiene por objetivo dar certeza jurídica a la ciudadanía para conocer los días hábiles de COESPRIS.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 3 fracciones II y XI,16, 17fracción III, 18, 19 fracción XI y 76 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Chihuahua[2] (LMRECH) y los artículos 16 segundo párrafo, 24 fracción I, 25, 26, 27 y 28 fracción IV de los Lineamientos del Análisis de Impacto Regulatorio de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Estatal[3], me permito informar que derivado de revisión a la Propuesta Regulatoria en comento, esta Comisión Estatal observa que la Propuesta Regulatoria no implica nuevos costos de cumplimiento para las y los particulares, toda vez que no se crean nuevas obligaciones y/o sanciones o se hacen más estrictas las existentes en el marco jurídico vigente; no se modifican ni se crean trámites que signifiquen mayores cargas administrativas a las ya previstas; no se reducen o restringen prestaciones a derechos para las y los particulares, y no se establecen o modifican nuevas definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, características o cualquier otro término de referencia que pudiera afectar derechos, obligaciones prestaciones o trámites.
Por lo anterior, esta Comisión Estatal de Mejora Regulatoria emite un Dictamen Final Favorable de la Propuesta Regulatoria de referencia, por lo que se podrán iniciar las gestiones del procedimiento de publicación en el Periódico Oficial del Estado, del documento correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 72 primer párrafo de la LMRECH.
Cabe señalar que esta Comisión Estatal se pronuncia sobre la solicitud de Exención de presentación del Análisis de Impacto Regulatorio y la Propuesta Regulatoria en los términos en que fueron presentadas, sin prejuzgar sobre cuestiones de legalidad, competencia, y demás aspectos distintos a los referidos en el artículo 7 de la LMRECH.
Lo anterior se comunica con fundamento en los preceptos jurídicos mencionados en el presente oficio, así como en el Transitorio Tercero de la LMRECH y en el artículo 28 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública[4].
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
ATENTAMENTE,
Lic. Adriana Iberri Avila
Directora General de la
Comisión Estatal de Mejora Regulatoria
GBCM / vvo
C.c.p.Lic. María de los Ángeles Álvarez Hurtado. Secretaria de la Función Pública.