[{"id":0,"modalidad":"Formato AIR","contenedor":{"0_10064":{"id":"0_10064","valores":{"campo_0_10064":{"id":"0_10064","aleatorio":0,"valor":"La necesidad de disponer de un sistema \u00fanico, p\u00fablico, gratuito y equitativo de salud que garantice el acceso efectivo de toda la poblaci\u00f3n a servicios de salud de calidad."}},"correcto":"Si","titulo":"I.A. Describa la problem\u00e1tica o situaci\u00f3n que da origen a la emisi\u00f3n de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10063":{"id":"0_10063","valores":{"campo_0_10063":{"id":"0_10063","aleatorio":0,"valor":"Establecer los compromisos a que se sujetar\u00e1n para que el instituto de salud para el bienestar, con cargo a los recursos, e programa y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, apoye al estado de Chihuahua en las acciones que \u00e9sta despliega con la finalidad de contribuir a fortalecer las redes de salud y garantizar el acceso efectivo y la continuidad en la prestaci\u00f3n gratuita de servicios de salud, medicamentos y dem\u00e1s insumos asociados, correspondientes al primer y segundo niveles de atenci\u00f3n, dirigidos a las personas sin seguridad social que se encuentran en condiciones de alta y muy alta marginaci\u00f3n."}},"correcto":"Si","titulo":"I.B. Describa los objetivos generales de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10273":{"id":"0_10273","valores":{"campo_0_10273":{"id":"0_10273","aleatorio":0,"valor":"La presente regulaci\u00f3n no genera gastos a los particulares en virtud de que se trata de recursos financieros federales que son transferidos al estado de Chihuahua, para atender necesidades de servicios de salud de la poblaci\u00f3n en condiciones de alta o muy alta marginaci\u00f3n y sin acceso a servicios de salud"}},"correcto":"Si","titulo":"I.C. Justifique las razones por las que considera que la regulaci\u00f3n propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios que \u00e9sta pudiera generar para estos o el gobierno","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10065":{"id":"0_10065","valores":{"0_10065":{"id":"0_10065","aleatorio":0,"valor":"Otro de naturaleza an\u00e1loga a los anteriores"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A. Indique el tipo de ordenamiento jur\u00eddico propuesto","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10068":{"id":"0_10068","valores":{"campo_0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"valor":"secretario de salud"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.1. Se\u00f1ale el nombre de la autoridad que tiene la atribuci\u00f3n de proponer o expedir la propuesta regulatoria y elija el ordenamiento que sustenta su competencia","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"ordenamiento":"24","articulo":"24 fracci\u00f3n V y 27 bis fracci\u00f3n I, II, XIX y XXIII","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_4567":{"id":"0_10068_4567","aleatorio":4567,"ordenamiento":"111","articulo":"1, 3 y 4 fracciones II, III y XVI","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10069":{"id":"0_10069","valores":{"campo_0_10069":{"id":"0_10069","aleatorio":0,"valor":"ninguna"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.2. Mencione las disposiciones jur\u00eddicas que, en su caso, la propuesta regulatoria crea, modifica, o suprime","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10192":{"id":"0_10192","valores":{"campo_0_10192":{"id":"0_10192","aleatorio":0,"valor":"porque ayuda en el establecimiento de las bases de prestaci\u00f3n del servicio de salud p\u00fablica"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.3. Se\u00f1ale porqu\u00e9 considera que este ordenamiento jur\u00eddico s\u00ed resolver\u00e1 la problem\u00e1tica","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10067":{"id":"0_10067","valores":[{"id":"0_10067","aleatorio":0,"valor":"Si"}],"correcto":"Si","titulo":"II.B. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria es congruente con los marcos jur\u00eddicos nacional, estatal y municipal","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10199":{"id":"0_10199","valores":{"campo_0_10199":{"id":"0_10199","aleatorio":0,"valor":"De conformidad a lo establecido en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Org\u00e1nica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua y la Ley Org\u00e1nica del Organismo P\u00fablico Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua."}},"correcto":"Si","titulo":"II.B.1. Justifique la congruencia o no con los marcos jur\u00eddicos nacional, estatal y municipal","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10066":{"id":"0_10066","valores":{"0_10066":{"id":"0_10066","aleatorio":0,"valor":"No existen"}},"correcto":"Si","titulo":"II.C. Se\u00f1ale si existen ordenamientos jur\u00eddicos vigentes directamente aplicables a la problem\u00e1tica materia de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10193":{"id":"0_10193","valores":{"campo_0_10193":{"id":"0_10193","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"II.C.1. Explique por qu\u00e9 es insuficiente para atender la problem\u00e1tica identificada y elija la disposici\u00f3n jur\u00eddica correspondiente","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10193":{"id":"0_10193","aleatorio":0,"ordenamiento":"","articulo":"","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10274":{"id":"0_10274","valores":{"campo_0_10274":{"id":"0_10274","aleatorio":0,"valor":"","largo":"0","hash":"a1b2c2d3e4f5g6h7i8j9k10l11m12n13o14p15q16"}},"correcto":"Si","titulo":"III.A. Anexe las versiones electr\u00f3nicas de los documentos consultados o elaborados para dise\u00f1ar la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]}}}]
Datos básicos
Nombre del expediente:
Convenio INSABI-APS-E023-2023-CHIH-08
Ordenamientos jurídicos:
Formato del expediente:
5 Exención
Descripcion general:
Convenio de colaboración para fortalecer, con cargo a los recursos del programa presupuestario E023 "Atención a la Salud" para el ejercicio fiscal 2023
Palabras descriptivas:
Convenio
colaboración atención
salud
presupuestario
recursos
medicamentos
Fecha de publicación:
10-07-2023 16:42:47
Dictamen
Chihuahua, Chih., 10 de julio de 2023
Oficio: SFP-CEMR-489-2023 Asunto: Dictamen Final
Lic. Rebeca Aguirre Vaquetero
Jefa del Departamento Administrativo de la
Secretaría de Salud
Presente.-
Me refiero a la Propuesta Regulatoria denominada Convenio INSABI-APS-E023-2023-CHIH-08,así como a su respectivo Formulario de Exención del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), ambos instrumentos remitidos por la Secretaría de Salud y recibidos por la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria el 10 de julio de 2023, por medio del Sistema Informático[1] destinado para tal efecto.
Al respecto, del análisis de la Propuesta Regulatoria y su solicitud de Exención del Análisis de Impacto Regulatorio, se observa que la misma tiene por objetivo establecer los compromisos a que se sujetarán para que el instituto de salud para el bienestar, con cargo a los recursos, e programa y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, apoye al estado de Chihuahua en las acciones que ésta despliega con la finalidad de contribuir a fortalecer las redes de salud y garantizar el acceso efectivo y la continuidad en la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, correspondientes al primer y segundo niveles de atención, dirigidos a las personas sin seguridad social que se encuentran en condiciones de alta y muy alta marginación.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 3 fracciones II y XI,16, 17fracción III, 18, 19 fracción XI y 76 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Chihuahua[2] (LMRECH) y los artículos 16 segundo párrafo, 24 fracción I, 25, 26, 27 y 28 fracción IV de los Lineamientos del Análisis de Impacto Regulatorio de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Estatal[3], me permito informar que derivado de revisión a la Propuesta Regulatoria en comento, esta Comisión Estatal observa que la Propuesta Regulatoria no implica nuevos costos de cumplimiento para las y los particulares, toda vez que no se crean nuevas obligaciones y/o sanciones o se hacen más estrictas las existentes en el marco jurídico vigente; no se modifican ni se crean trámites que signifiquen mayores cargas administrativas a las ya previstas; no se reducen o restringen prestaciones a derechos para las y los particulares, y no se establecen o modifican nuevas definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, características o cualquier otro término de referencia que pudiera afectar derechos, obligaciones prestaciones o trámites.
Por lo anterior, esta Comisión Estatal de Mejora Regulatoria emite un Dictamen Final Favorable de la Propuesta Regulatoria de referencia, por lo que se podrán iniciar las gestiones del procedimiento de publicación en el Periódico Oficial del Estado, del documento correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 72 primer párrafo de la LMRECH.
Cabe señalar que esta Comisión Estatal se pronuncia sobre la solicitud de Exención de presentación del Análisis de Impacto Regulatorio y la Propuesta Regulatoria en los términos en que fueron presentadas, sin prejuzgar sobre cuestiones de legalidad, competencia, y demás aspectos distintos a los referidos en el artículo 7 de la LMRECH.
Lo anterior se comunica con fundamento en los preceptos jurídicos mencionados en el presente oficio, así como en el Transitorio Tercero de la LMRECH y en el artículo 28 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública[4].
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
ATENTAMENTE,
Lic. Adriana Iberri Avila
Directora General de la
Comisión Estatal de Mejora Regulatoria
EJEC
C.c.p.Lic. María de los Ángeles Álvarez Hurtado. Secretaria de la Función Pública.