ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR EL PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO DEL AÑO 2022 DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Campos del expediente:
[{"id":0,"modalidad":"Formato AIR","contenedor":{"0_10064":{"id":"0_10064","valores":{"campo_0_10064":{"id":"0_10064","aleatorio":0,"valor":"La finalidad del acuerdo es suspender los plazos dentro de los procedimientos de verificaci\u00f3n, correcci\u00f3n de irregularidades sanitarias, y del procedimiento administrativo de sanci\u00f3n, que se lleven como consecuencia de las visitas de verificaci\u00f3n que realiza la Comisi\u00f3n Estatal para la Protecci\u00f3n contra los Riesgos Sanitarios, \u00d3rgano Desconcentrado de la Secretar\u00eda de Salud."}},"correcto":"Si","titulo":"I.A. Describa la problem\u00e1tica o situaci\u00f3n que da origen a la emisi\u00f3n de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10063":{"id":"0_10063","valores":{"campo_0_10063":{"id":"0_10063","aleatorio":0,"valor":"Establecer como d\u00edas inh\u00e1biles correspondientes al segundo periodo vacacional del a\u00f1o 2022 de la Comisi\u00f3n Estatal para la Protecci\u00f3n contra los Riesgos Sanitarios, del d\u00eda 19 de diciembre hasta el 30 de diciembre del a\u00f1o 2022. "}},"correcto":"Si","titulo":"I.B. Describa los objetivos generales de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10273":{"id":"0_10273","valores":{"campo_0_10273":{"id":"0_10273","aleatorio":0,"valor":"Son cuestiones de inter\u00e9s general."}},"correcto":"Si","titulo":"I.C. Justifique las razones por las que considera que la regulaci\u00f3n propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios que \u00e9sta pudiera generar para estos o el gobierno","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10065":{"id":"0_10065","valores":{"0_10065":{"id":"0_10065","aleatorio":0,"valor":"Acuerdo"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A. Indique el tipo de ordenamiento jur\u00eddico propuesto","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10068":{"id":"0_10068","valores":{"campo_0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"valor":"Secretario de Salud"}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.1. Se\u00f1ale el nombre de la autoridad que tiene la atribuci\u00f3n de proponer o expedir la propuesta regulatoria y elija el ordenamiento que sustenta su competencia","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":{"0_10068":{"id":"0_10068","aleatorio":0,"ordenamiento":"138","articulo":"1, p\u00e1rrafos primero y segundo, fracci\u00f3n VII, 2 p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n I, 24, p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n V, 27 Bis., p\u00e1rrafo primero, fracciones I, II, III, VIII, X, XV, y XXIV","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_6170":{"id":"0_10068_6170","aleatorio":6170,"ordenamiento":"38","articulo":"3, p\u00e1rrafo primero, apartado B), 23 y 246","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_8060":{"id":"0_10068_8060","aleatorio":8060,"ordenamiento":"199","articulo":"55, p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n III y \u00faltimo p\u00e1rrafo","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""},"0_10068_9346":{"id":"0_10068_9346","aleatorio":9346,"ordenamiento":"113","articulo":"3, 4, 6, fracci\u00f3n VIII, inciso a), 9, fracciones III, VII, XVIII, XXV y XXXII ","fraccion":"","inciso":"","parrafo":"","numero":""}}},"0_10069":{"id":"0_10069","valores":{"campo_0_10069":{"id":"0_10069","aleatorio":0,"valor":"La propuesta no crea ni modifica ni suprime ninguna disposici\u00f3n jur\u00eddica."}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.2. Mencione las disposiciones jur\u00eddicas que, en su caso, la propuesta regulatoria crea, modifica, o suprime","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10192":{"id":"0_10192","valores":{"campo_0_10192":{"id":"0_10192","aleatorio":0,"valor":"Debido a que suspender\u00e1 los plazos dentro de los procedimientos de verificaci\u00f3n, correcci\u00f3n de irregularidades sanitarias, y del procedimiento administrativo de sanci\u00f3n, que se lleven como consecuencia de las visitas de verificaci\u00f3n que realiza la Comisi\u00f3n Estatal para la Protecci\u00f3n contra los Riesgos Sanitarios, \u00d3rgano Desconcentrado de la Secretar\u00eda de Salud. "}},"correcto":"Si","titulo":"II.A.3. Se\u00f1ale porqu\u00e9 considera que este ordenamiento jur\u00eddico s\u00ed resolver\u00e1 la problem\u00e1tica","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10067":{"id":"0_10067","valores":[{"id":"0_10067","aleatorio":0,"valor":"Si"}],"correcto":"Si","titulo":"II.B. Se\u00f1ale si la propuesta regulatoria es congruente con los marcos jur\u00eddicos nacional, estatal y municipal","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10199":{"id":"0_10199","valores":{"campo_0_10199":{"id":"0_10199","aleatorio":0,"valor":"I.\tLos art\u00edculos 2, p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n I, y 24, p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n V, ambos de la Ley Org\u00e1nica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, establecen que para estudio, planeaci\u00f3n y despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua contar\u00e1 como parte de la administraci\u00f3n p\u00fablica centralizada, con la Secretar\u00eda de Salud; \n\nII.\tDe conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 27 bis., p\u00e1rrafo primero, fracciones I, II, III, VIII, X, XV, y XXIV, de la Ley Org\u00e1nica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; la Secretar\u00eda de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, es competente para actuar como autoridad sanitaria y ejercer las atribuciones en materia de control, vigilancia y fomento sanitario.\n\nIII.\tDe conformidad con los art\u00edculos 3, p\u00e1rrafo primero, apartado B), 23 y 246 de la Ley Estatal de Salud; la Secretar\u00eda de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, en materia de salubridad local, le corresponde la regulaci\u00f3n, control y fomento sanitario; a trav\u00e9s de un \u00f3rgano desconcentrado que se denominar\u00e1 Comisi\u00f3n Estatal para la Protecci\u00f3n contra Riesgos Sanitarios, ejercer\u00e1 las atribuciones que le correspondan en materia de regulaci\u00f3n, vigilancia, control, fomento sanitario y saneamiento b\u00e1sico, conforme a los ordenamientos jur\u00eddicos aplicables y los convenios y acuerdos de coordinaci\u00f3n que se celebren.\n\nIV.\tDe conformidad con el art\u00edculo 55, p\u00e1rrafo primero, fracci\u00f3n III y \u00faltimo p\u00e1rrafo, de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Chihuahua, la persona titular de la autoridad mediante acuerdo deber\u00e1 hacer de conocimiento p\u00fablico los d\u00edas y horas inh\u00e1biles, derivados de los periodos vacacionales, el cual deber\u00e1 ser publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Estado.\n\nV.\tQue de conformidad con los art\u00edculos 3, 4, 6, fracci\u00f3n VIII, inciso a), 9, fracciones III, VII, XVIII, XXV y XXXII del Reglamento Interior de la Secretar\u00eda de Salud, el Secretario de Salud le corresponde dirigir, supervisar, vigilar y coordinar la administraci\u00f3n de los recursos humanos, materiales y financieros de los organismos que le est\u00e9n sectorizados conforme las normas aplicables atendiendo el origen de los recursos, sea que se trate de organismos descentralizados u \u00f3rganos desconcentrados y que ejercer\u00e1 las atribuciones que le corresponden en materia de control, vigilancia y fomento sanitario por conducto de la Comisi\u00f3n Estatal para la Protecci\u00f3n contra los Riesgo Sanitarios.\n"}},"correcto":"Si","titulo":"II.B.1. Justifique la congruencia o no con los marcos jur\u00eddicos nacional, estatal y municipal","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10066":{"id":"0_10066","valores":{"0_10066":{"id":"0_10066","aleatorio":0,"valor":"No existen"}},"correcto":"Si","titulo":"II.C. Se\u00f1ale si existen ordenamientos jur\u00eddicos vigentes directamente aplicables a la problem\u00e1tica materia de la propuesta regulatoria","comentario":"","tipo_comentario":"Dependencia","usuario_comentario":"enlace_mr","fundamentos":[]},"0_10193":{"id":"0_10193","valores":{"campo_0_10193":{"id":"0_10193","aleatorio":0,"valor":""}},"correcto":"Si","titulo":"II.C.1. 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Datos básicos
Nombre del expediente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR EL PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO DEL AÑO 2022 DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Ordenamientos jurídicos:
Formato del expediente:
5 Exención
Descripcion general:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR EL PERIODO VACACIONAL DE INVIERNO DEL AÑO 2022 DE LA COMISIÓN ESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Palabras descriptivas:
ACUERDO
DÍAS
INHÁBILES
VACACIONAL
INVIERNO
COMISIÓN
ESTATAL
PROTECCIÓN
RIESGOS
SANITARIOS
Fecha de publicación:
09-12-2022 15:29:09
Dictamen
COMISIÓN ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA
Chihuahua, Chih., 08 de diciembre de 2022
Oficio: SFP-CEMR-700-2022 Asunto: Dictamen Final
Lic. Rebeca Aguirre Vaquetero
Jefa del Departamento Administrativo de la
Secretaría de Salud
Presente.-
Me refiero a la Propuesta Regulatoria denominada Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles y la suspensión de labores por el periodo vacacional de invierno del año 2022 de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Chihuahua, así como a su respectivo Formulario de Exención del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), ambos instrumentos remitidos por la Secretaría de Salud y recibidos por la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria el 08 de diciembre de 2022, por medio del Sistema Informático destinado para tal efecto.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 3 fracción II,17fracción III y 76 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Chihuahua, me permito informar que derivado de revisión a la Propuesta Regulatoria en comento, esta Comisión Estatal observa que la Propuesta Regulatoria no implica nuevos costos de cumplimiento para las y los particulares, toda vez que no se crean nuevas obligaciones y/o sanciones o se hacen más estrictas las existentes en el marco jurídico vigente; no se modifican ni se crean trámites que signifiquen mayores cargas administrativas a las ya previstas; no se reducen o restringen prestaciones a derechos para las y los particulares, y no se establecen o modifican nuevas definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, características o cualquier otro término de referencia que pudiera afectar derechos, obligaciones prestaciones o trámites.
Por lo anterior, esta Comisión Estatal de Mejora Regulatoria emite un Dictamen Final Favorable de la Propuesta Regulatoria de referencia, por lo que se podrán iniciar las gestiones del procedimiento de publicación en el Periódico Oficial del Estado, del documento correspondiente.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
ATENTAMENTE,
Lic. Adriana Iberri Avila
Directora General de la
Comisión Estatal de Mejora Regulatoria
EJEC
C.c.p.Lic. María de los Ángeles Álvarez Hurtado. Secretaria de la Función Pública.
Dr. Felipe Fernando Sandoval Magallanes. Secretario de Salud.