Etapa | Fecha de emisión | Institución |
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>Primera versión del AIR y su propuesta regulatoria 4 Moderado Impacto con Competencia | 20-11-2020 15:53:10 | Junta Central de Agua y Saneamiento |
>Dictamen de Ampliaciones y Correcciones 4 Moderado Impacto con Competencia | 01-12-2020 15:48:50 | Autoridad Evaluadora |
Comentario de particular | 16-12-2020 12:07:00 | |
Se identifica una discrepancia en el Articulo 51 <br />El segundo párrafo del punto I. Indica que: <br /> <br />a) Dotación Media = 300 litros/hab/día. <br /> <br />En el caso de nuevos desarrollos la dotación media será la establecida en el inciso a) del párrafo que antecede, cuando el proyecto se encuentre en un predio previamente desarrollado la dotación media será la que determine el Organismo Operador. <br /> <br />Solo que al final del Articulo 51, en el último párrafo menciona: <br /> <br />Los proyectos que se presenten al Organismo Operador, deberán calcularse tomando como base las dotaciones establecidas en la Estructura Tarifaria vigente. <br /> <br />Con lo cual contradice a lo mencionado en el segundo párrafo. <br /> <br />Basándonos en la solicitud que la CANADEVI le presento al organismo operador, referente a las dotaciones, donde mostrábamos como desde nuestro punto de vista no es correcto utilizar la estructura vigente para diseño. Solicitamos se revise y en su caso modifique buscando que se elimine "deberán calcularse tomando como base las dotaciones establecidas en la Estructura Tarifaria vigente".
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Comentario de particular | 17-12-2020 17:38:51 | |
Vemos un conflicto en el Articulo 51 <br /> <br />El punto I del segundo párrafo afirma: <br /> <br />I. Planes maestros de agua potable, alcantarillado sanitario y agua residual tratada, presentados en formato impreso y digital, debidamente respaldados con su respectiva memoria de cálculo. Para efecto de la determinación de los datos de proyecto y gastos de diseño, se deberán tomar en cuenta los siguientes criterios: <br /> <br />a) Dotación Media = 300 litros/hab/día. <br /> <br />b) Índice de Hacinamiento = 3.5 habitantes/vivienda. <br /> <br />c) Coeficiente de Variación Diaria: 1.35. <br /> <br />d) Coeficiente de Variación Horaria: 1.5. <br /> <br />En el caso de nuevos desarrollos la dotación media será la establecida en el inciso a) del párrafo que antecede, cuando el proyecto se encuentre en un predio previamente desarrollado la dotación media será la que determine el Organismo Operador. <br /> <br />Posteriormente, el mismo Articulo 51, al final del párrafo indica: <br /> <br />Los proyectos que se presenten al Organismo Operador, deberán calcularse tomando como base las dotaciones establecidas en la Estructura Tarifaria vigente. <br /> <br />Por lo que hay confusión con lo mencionado en párrafo 2. <br /> <br />Previamente se llevaron reuniónes y se realziaron solicitudes por parte de Organismos de la sociedad civil, de no utilizar las dotaciónes indicadas en la tarifa como la base del diseño. Les pedimos amablemente que se corrija y se mantenga el inciso : a) Dotación Media = 300 litros/hab/día. como la base para el calculo del diseño. <br /> <br />Gracias.
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>Contestación al Dictamen de Ampliaciones y Correcciones 4 Moderado Impacto con Competencia | 23-12-2020 08:00:00 | Junta Central de Agua y Saneamiento |
>Dictamen Preliminar 4 Moderado Impacto con Competencia | 23-12-2020 08:00:00 | Autoridad Evaluadora |
>Contestación al Dictamen Preliminar 4 Moderado Impacto con Competencia | 23-12-2020 08:00:00 | Junta Central de Agua y Saneamiento |
>Dictamen Final Favorable 4 Moderado Impacto con Competencia | 23-12-2020 08:00:00 | Autoridad Evaluadora |